1. Ámbito de validez
Entre las partes contratantes (la traductora y el cliente) son válidas exclusivamente las presentes Condiciones Generales de Contratación. Cualquier acuerdo verbal complementario alcanzado carecerá de efecto. Estas condiciones son igualmente válidas para cualquier relación comercial futura entre las partes contratantes.
2. Ofertas y precios
(1) El precio se calcula sobre la base del texto final. La unidad de cálculo es la de líneas de 50 caracteres, incluidos los espacios en blanco. Todos los precios se entienden como precios netos sin impuestos al valor agregado.
(2) El importe mínimo por encargo es de 25,00 euros. El cliente abonará a la traductora por adelantado el importe mínimo por encargo más el impuesto al valor agregado.
(3) Los criterios especiales para la configuración de los precios (rebajas, precios fijos) entre la traductora y el cliente requieren de forma escrita para ser efectivos.
(4) Las inversiones de trabajo adicionales se incluirán de forma suplementaria en la facturación. Entre estas se encuentran, por ejemplo, tareas pesadas de investigación terminológica, que excedan la medida habitual, documentos poco legibles o ambiguos, modificaciones del texto a posteriori, o bien un trabajo adicional generado a raíz de que el cliente no ha suministrado los textos a la traductora en forma de archivos de texto o ejemplar en papel legible, por lo que requieren de un esfuerzo previo de clarificación. Por otra parte, se incluyen también aquellos costes que la traductora deba afrontar debido a las circunstancias antes mencionadas y que excedan la medida habitual.
3. Otorgamiento del encargo
(1) El contrato es un contrato de servicios. En el otorgamiento del encargo, el cliente recibe por escrito una confirmación del encargo, en la que se especifican de forma exacta los términos del encargo. A menos que el cliente presente objeciones en el plazo de siete días a partir de la fecha de la confirmación del encargo, los términos del contrato serán los acordados en la confirmación del contrato.
(2) Por regla general, las traducciones se escriben en MS-Word.
4. Entrega
(1) Los plazos de entrega se indicarán según nuestro leal saber y entender. No obstante, estos solamente pueden considerarse fechas estimadas.
(2) Una entrega se considera realizada desde el momento en que la traducción se envía al cliente.
(3) Están permitidas las entregas parciales siempre que el cliente las considere razonables.
5. Fuerza mayor
(1) Los acontecimientos de fuerza mayor que dificulten de forma esencial o imposibiliten a la traductora realizar los servicios del contrato, darán derecho a esta a aplazar el cumplimiento de sus obligaciones durante el tiempo que persista el impedimento más un periodo prudencial de reinicio de la actividad.
(2) Lo mismo es válido en los casos en los que la traductora dependa de la entrega correcta y puntual de servicios previos por parte de un tercero, haya acordado una operación de cobertura con la debida precaución, y la culpa de la entrega no adecuada o impuntual no sea atribuible a la traductora.
(3) La traductora se reserva el derecho de rescisión del contrato cuando se dé un caso como los descritos en (1) o (2).
6. Responsabilidad
(1) La traductora asumirá la responsabilidad, de acuerdo a las disposiciones legales, en casos de dolo o de negligencia grave. De resto, la traductora será responsable únicamente cuando se produzcan daños a la vida, la integridad física o la salud, o cuando se violen obligaciones contractuales fundamentales. El derecho a indemnización por la violación de obligaciones contractuales fundamentales estará restringido, no obstante, a los daños previsibles y típicos del contrato. Queda, en cambio, totalmente excluida la responsabilidad por daños ocasionados a bienes jurídicos del cliente a través del objeto entregado, como, por ejemplo, daños a otras cosas.
Si el cliente es un consumidor, no serán válidas las disposiciones de las frases 3 y 4 cuando exista dolo o negligencia grave o se sea responsable de daños a la vida, la integridad física o la salud.
Si el cliente es un empresario, la responsabilidad de la traductora estará limitada a los daños previsibles y típicos del contrato también en casos de negligencia grave. De resto, es válida la disposición de la frase 4.
La disposición expuesta en el párrafo anterior abarca tanto indemnizaciones complementarias a la prestación del servicio como indemnizaciones sustitutivas de la prestación del servicio, independientemente de cuál sea su fundamento jurídico, y en especial aquellas indemnizaciones originadas por vicios, por la violación de obligaciones derivadas de la relación contractual o por actos ilícitos. También es aplicable al derecho de indemnización por gastos inútiles.
Las regulaciones anteriores no implican una modificación de la carga probatoria en detrimento del cliente.
(2) Las posibles violaciones de derechos de la propiedad intelectual u otros derechos de protección por la traducción, serán asumidas por el cliente. El cliente se compromete a liberar a la traductora de las correspondientes reclamaciones de terceros.
(3) El cliente está obligado a notificar a la traductora los posibles vicios por escrito y sin dilación, con un plazo máximo de cinco días tras la recepción de la traducción. De lo contrario, se considerará que la traducción ha sido aceptada. El cliente deberá describir los vicios de la manera más detallada que le sea posible. Tras el segundo intento, se considerará que se ha dejado de acometer la subsanación. Esto no afecta a aquellos casos en los que no exista la necesidad de determinar un plazo. En los casos en los que existan vicios, el cliente no tendrá derecho de retención, si esta no guarda una relación adecuada con los vicios y los costes previsibles del cumplimiento posterior (en especial, en el caso de una subsanación de vicios). El cliente no podrá hacer valer reclamaciones y derechos por vicios si no ha efectuado los pagos vencidos, y el importe vencido (incluidos posibles pagos efectuados) es razonablemente equiparable al valor de la traducción que contiene los vicios.
7. Desistimiento por parte del cliente
En el marco de las disposiciones legales vigentes, el cliente solo podrá desistir del contrato cuando la traductora sea responsable del incumplimiento de sus obligaciones. En caso de vicios, en cambio, subsistirán las disposiciones legales vigentes. En caso de incumplimiento de las obligaciones, el cliente deberá comunicar, a petición de la traductora, si debido al incumplimiento de obligaciones desea desistir del contrato, o bien insiste en la entrega.
8. Remuneración en caso de terminación anticipada de la relación contractual
Si la relación contractual entre las partes se termina de forma anticipada, la traductora tendrá derecho a una indemnización por valor del 20% del importe del encargo, o bien del importe mínimo por encargo en caso de ser este el aplicado. Alternativamente, la traductora podrá también reclamar la remuneración acordada según lo expuesto en la cláusula 2 (1), correspondiente a los servicios parciales prestados por ella hasta ese momento. Al pago del derecho reclamado, el cliente sumará el impuesto sobre el valor agregado correspondiente al importe en cuestión de acuerdo con la legislación vigente.
En el caso de la indemnización, el cliente estará autorizado a probar que no se ha producido un daño, o que no se ha producido un daño por el valor en cuestión. Si la traductora ha sufrido un daño mayor, se le reserva expresamente la posibilidad de reclamar este daño.
9. Reserva de la propiedad
Hasta el completo pago del total de las deudas, la traductora sigue siendo la propietaria de la traducción. El cliente no tiene derecho a explotar la traducción hasta ese momento.
10. Condiciones de pago
(1) Los honorarios han de abonarse en un plazo máximo de 30 días a partir de la fecha de entrega de la factura.
(2) En caso de incumplimiento del plazo, la traductora podrá aplicar intereses de demora por valor de cinco puntos porcentuales sobre el tipo básico de interés del Banco Central Europeo. En negocios jurídicos en los que no participe un consumidor, el tipo de interés aplicable a la indemnización reclamada será de ocho puntos porcentuales sobre el tipo básico de interés.
(3) El cliente solo podrá compensar con deudas incontestadas o declaradas jurídicamente válidas.
11. Cláusula de confidencialidad
(1) Todos los textos e información que el cliente designe como confidencial estarán sujetos al deber de confidencialidad.
(2) La transmisión electrónica de datos puede suponer un riesgo para la protección de secretos empresariales y comerciales, entre otros datos e información confidencial. La traductora no asume la correspondiente responsabilidad.
(3) Los glosarios y la terminología que la traductora genere en el transcurso de su trabajo no están sujetos al deber de confidencialidad, y son propiedad de la traductora, a menos que se haya acordado por escrito lo contrario.
12. Prescripción
El plazo de prescripción de reclamaciones y derechos relacionados con vicios –independientemente del tipo de fundamento jurídico– es de un año. Este plazo de prescripción es aplicable igualmente para otras reclamaciones de indemnización contra la traductora, independientemente de su fundamento jurídico (incluidas las reclamaciones de indemnización por gastos inútiles). El plazo mencionado es válido cuando las reclamaciones no están relacionadas con un vicio. En todos los casos, el plazo de prescripción comienza en el momento de la entrega. El plazo de prescripción no es válido en caso de dolo o de ocultamiento malicioso del vicio por parte de la traductora. Tampoco es válido cuando se efectúen reclamaciones de indemnización en casos de daños a la vida, la integridad física o la libertad, o en casos de violación gravemente negligente de las obligaciones o en casos de violación culpable de obligaciones contractuales fundamentales.
13. Legislación aplicable y jurisdicción
(1) Este contrato está sujeto exclusivamente a la legislación de la República Federal de Alemania, quedando excluida la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.
(2) La jurisdicción corresponderá a Colonia siempre que el cliente sea empresario, persona jurídica del derecho público o un patrimonio especial de derecho público, o bien carezca de jurisdicción general en Alemania.
14. Cláusula de salvedad
(1) Las modificaciones y ampliaciones del contrato, incluidas estas regulaciones, requerirán de su formulación por escrito. Deberán denominarse como tales.
(2) Si una regulación del presente contrato resultare ser o deviniese, total o parcialmente, sin efecto, o si el contrato tuviere una laguna, la eficacia del resto de las regulaciones no se verá afectada por ello. En el lugar de la regulación sin efecto o como subsanación de la laguna, deberá ser válida aquella regulación razonable, que, dentro del marco de lo legalmente permitido, más se aproxime a lo que las partes contractuales hayan querido o habrían querido.
(3) Las partes contractuales acometerán aquellas modificaciones, ampliaciones o adaptaciones del contrato que favorezcan el espíritu de colaboración y convengan a los intereses económicos comunes.